COMISE – 1 Junio 22

COMISE   01-06-2022 

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y el Sindicato de Policía Local Asociada (P.L.A.) informamos de la COMISE del Nuevo Acuerdo de Policía, en la que hemos sido citados para tratar el sistema de cómputo y cálculo del Régimen de aplicación de la Productividad por objetivos asociada a la presencia (Artículo 13 del Acuerdo).

En representación de la Administración asisten el Comisario jefe en funciones y la subdirectora de personal de Policía, dando esta última traslado de su posición y propuesta, tras añadir algunas de las propuestas recibidas en alegaciones a su anterior planteamiento.

La Administración ha traído una nueva propuesta modificada, mostrándose muy reticente a aceptar algunas de las nuestras presentadas en las alegaciones, que hubieran solucionado los problemas de adaptación y transición del sistema anterior de productividad a la nueva productividad de importe ampliado, por lo que se ha instaurado un bloqueo inicial con reiterados ultimátum por parte de la Administración de remitirse a su interpretación literal del documento firmado, sin ampliar las ausencias computables y que ha forzado un receso. Tras éste, tras solo se ha logrado alcanzar el acuerdo parcial que a continuación detallamos.

  1. Se mantiene el sistema simplificado propuesto por CSIT UNIÓN PROFESIONAL / P.L.A. en la COMISE de 03/05/2022, a la que se adhirieron el resto de las organizaciones sindicales y la propia Administración, y que consiste en hacer el cálculo sobre la anualidad total y abonar la parte correspondiente que le es de aplicación conforme al nuevo Acuerdo de Policía, es decir, lo correspondiente desde el 1 de julio de 2022 que corresponde al 50% de la cuantía resultante del cómputo.
  2. Se establece el año natural para el cómputo neto (los computables suman y los no computables no suman sin discriminación del año en el que se generen) de días trabajados del 1 de enero al 31 de diciembre, coincidiendo con el año natural, lo que conlleva un problema de adaptación y tránsito de la productividad anterior a la nueva, de importe ampliado, toda vez que los días gastados en 2022 procedentes de 2021 no se pueden detraer de la productividad del año anterior por encontrarse ésta ya cerrada y ser una productividad de resta, y no sumatoria como la actual.

Para compensar este desfase, computarán todas las jornadas de adhesión voluntaria: además de las recogidas en el Art. 15 del actual Acuerdo de PM, todas las Tipo 1 del “Acuerdo Churrero” y 11 días libres disfrutados durante 2022 de los pendientes de 2021.

En cuanto a los días generados en el último mes del año por compensación de festivos a los que se les aplica la posibilidad de disfrute hasta 31 de marzo del año siguiente se acuerda que, salvo bloqueo por instancias superiores de la Administración, se asimilen para compra conforme al Art. 15 del Acuerdo de PM con prelación preferente, a fin de evitar el desfase de días a disfrutar no computables a efectos de productividad de un año para el siguiente (esto abriría la venta de días de compensación de festivos al Turno de Noche 2, para el que han manifestado su intención de abrir esta venta a la totalidad de días por este concepto, y no solo a los generados en diciembre).

Todo lo anteriormente expuesto es de aplicación solo a los Turnos de Mañana y Tarde, ya que la Administración pretendía que a cambio de esto aceptáramos que al Turno de Noche ni siquiera le computaran los primeros 11 días de disfrute pendiente de 2021, algo que para los turnos de Noche 1 y Noche 2 ya era de por sí insuficiente para compensar la cantidad de días que traían acumulados del año anterior, debido a las constantes denegaciones de libranza. Para poder desbloquear la situación se ha optado por sacarlos de la negociación en la sesión del día de hoy y retomar la negociación en otra sesión monográfica exclusiva para estos turnos donde se establezca una adaptación debida que no les cause perjuicio.

  1. Las bonificaciones por fines de semana trabajados y por servicios a pie, en moto…, se computarán a partir del 1 de julio.
  2. Se creará un contador de días computados a efectos de productividad para que los trabajadores puedan ajustar el uso de sus días conforme a los tramos de productividad que deseen alcanzar.
  3. En cuanto a las ausencias parciales, la Administración se remite a los conceptos recogidos en el propio Art. 13 como computables a efectos de productividad, quedando inequívocamente excluidos los días de ausencia parcial por uso de horas de asambleas, reuniones o cursos sindicales.

Sin embargo, sí asumen como computables:

  • Las horas de contador generadas por extensiones de jornada (incidencias, asistencia a juicios, etc.), como no podía ser de otra manera, ya que son horas efectivamente trabajadas más allá de la jornada debida.
  • Todos los conceptos específicamente recogidos en el propio Art. 13 Tendrán la consideración de trabajadas ausencias justificadas a efectos del cobro de esta productividad, las que seguidamente se relacionan:
    • Días adicionales de vacaciones por antigüedad.
    • Días adicionales por antigüedad.
    • Premio especial por antigüedad.
    • Incapacidad temporal durante el embarazo.
    • Permisos por maternidad, paternidad y lactancia.
    • Ausencias derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional o situaciones asimiladas determinadas por el sistema de la Seguridad Social, así como las derivadas de los controles o revisiones derivados del accidente de trabajo en alta laboral.
    • Permisos retribuidos por matrimonio del personal.
    • Permisos retribuidos por fallecimiento de familiar de primer y segundo grado de consanguinidad y primer grado y segundo de afinidad.
    • Permisos por hospitalización, enfermedad muy grave del cónyuge o pareja de hecho o familiar de hasta 1° grado de consanguinidad o afinidad.
    • Ausencias derivadas de intervenciones quirúrgicas urgentes del personal y la asistencia a tratamiento contra enfermedades que requieran hemodiálisis o el empleo de quimioterapia o radioterapia o tratamiento contra la hepatitis B y C, así como las ausencias derivadas de la asistencia a consultas de seguimiento derivadas de dichas patologías
    • Ausencias derivadas de violencia de género, previstas en el Estatuto Básico del Empleado Público
    • Realización certificada del crédito horario sindical o el relevo del servicio por actividad sindical.
    • Ausencias derivadas del disfrute del Premio especial por antigüedad.
    • Ausencias derivadas de la participación en cursos de formación de carácter obligatorio.
    • Ausencias derivadas de la asistencia a exámenes correspondientes a procesos selectivos para los ascensos en el cuerpo de Policía Municipal en el turno de promoción interna.
    • Ausencias derivadas de la reducción de jornada por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.”
    • Las jornadas con ausencias parciales por conciliación, tanto las aprobadas en su Comisión específica como las del Art. 15.4.l, así como las de asistencia a médico de Atención Primaria se acumularán en un contador que irá restando al alcanzar jornadas completas. No obstante, si al cierre del año quedaran horas en el contador que impidieran alcanzar el cómputo de una jornada efectiva, éstas no se añadirían al contador de días efectivamente trabajados que exige el acuerdo en materia de productividad.
    • Las jornadas con ausencias parciales por los siguientes conceptos sumarán a la productividad como jornada completa sin penalización alguna por las horas disfrutadas:
    • Por el uso de la reducción de 1 hora durante la primera quincena de junio (del 1 al 14 de junio, ambos inclusive), segunda quincena de septiembre (del 16 al 30 de septiembre, ambos inclusive) y periodo estival para el cuidado de hijos menores de 13 años.
    • Por acompañamiento a hijos menores de edad y a los ascendientes mayores de 65 años a consulta médica y a la realización de pruebas médicas, clínicas y diagnósticas, tanto realizadas por el sistema público de salud como en servicios médicos privados.
    • Por la asistencia a médicos especialistas del sistema público de salud. También cuando sean de servicios médicos privados, siempre y cuando se acredite que no se ha podido asistir fuera de la jornada laboral.
    • Por la asistencia y cumplimiento de deberes públicos inexcusables derivados de la citación por los Tribunales de Justicia o la Agencia Tributaria.
    • Rectifican respecto de los cursos de ascenso entre las distintas categorías del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid y SÍ computarán este periodo de formación a efectos de productividad.
  • Ruegos y preguntas:
    • – Comunican que los Alumnos de la Promoción 53 realizarán la formación correspondiente al CIFSE en el IFISE, por obras en las instalaciones, y que se les asignarán vacaciones en agosto.
    • – Manifiestan que tienen previsto que la subida de nivel empiece a pagarse con la nómina del mes de junio.
    • – Solicitamos información sobre las distintas plazas de especialización pendientes de ofertar. Contestarán por escrito.
    • – Solicitamos información sobre la fecha estimada para la puesta en servicio de los nuevos vehículos policiales. Manifiestan que está prevista para septiembre.
    • – Presentamos queja formal por la restricción de libranzas masiva y continuada y la falta de previsión en los servicios.
    • – Insistimos sobre la problemática pendiente en relación con la escasez o ausencia de aparcamientos para los vehículos particulares de los Policías. Manifiestan que se elevó a instancias superiores y aún no han recibido contestación.
  • Otras cuestiones sobre la participación de las demás centrales sindicales minoritarias: Ni U.P.M., ni el resto de las organizaciones que están presentes por imposición legal, han presentado alegaciones a la propuesta inicial de la Corporación. Consideramos que su mayor preocupación ha sido conocer la situación en la que quedaban sus prebendas del TREBEP, en cuanto a asambleas y reuniones sindicales,  llegando a solicitar que se les diera prioridad en la libranza respecto del resto de días que soliciten los compañeros por exceso de jornada y demás conceptos recogidos en el Acuerdo de PM. Continúan protestando contra el Acuerdo que ellos mismos firmaron, sin pestañear, después de intentar torpedear la negociación de este de principio a fin. Siguen en su línea, pero cada vez con menor credibilidad.

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